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Concilio Judicial decide en desafiliaciones de iglesias y clérigos/as

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Puntos clave:

  • El Concilio Judicial de La Iglesia Metodista Unida intervino sobre si los/as clérigos/as que se retiran deben entregar sus credenciales.
  • El tribunal supremo de la denominación continuó abordando preguntas sobre cuánto deben analizar las conferencias las razones de una iglesia para desafiliarse según el Párrafo 2553.
  • Los fallos se producen cuando un número creciente de iglesias en los Estados Unidos cumplen con los requisitos para dejar la denominación y quedarse con su propiedad.
  • El Concilio Judicial también publicó los fallos derivados de las conferencias jurisdiccionales del otoño pasado, incluido uno que examina una resolución sobre la inclusión LGBTQ adoptada por las cinco jurisdicciones.

Los/as clérigos/as que abandonan La Iglesia Metodista Unida (IMU) no entregan sus credenciales de clero a menos que enfrenten alguna otra acción disciplinaria, dictaminó el Concilio Judicial, que estableció en la Decisión 1482: “Los/as clérigos/as que retiran su membresía de la conferencia anual mediante una solicitud por escrito o simplemente dejando su nombramiento no han entregado sus credenciales a menos que se tomen medidas en su contra”.

La decisión fue uno de los cinco fallos que el tribunal de la iglesia emitió el 25 de abril y que tratan sobre las desafiliaciones de iglesias.

Durante más de 200 años, La IMU y sus predecesores han sostenido que la propiedad de la iglesia se mantiene en fideicomiso para toda la denominación. Sin embargo, según el Párrafo 2553 del Libro de Disciplina, las congregaciones estadounidenses tienen un derecho limitado a salir de la denominación con su propiedad si cumplen con ciertas obligaciones financieras y de procedimiento. La ley de la iglesia, aprobada por la Conferencia General de 2019 después de décadas de intensificar el debate sobre el matrimonio igualitario y la ordenación de clérigos/as homosexuales "autodeclarados practicantes", vence a fines de este año.

Entre los requisitos de la disposición está que la desafiliación reciba al menos dos tercios de los votos de la congregación y la aprobación mayoritaria de la conferencia anual de la congregación, un organismo regional con miembros votantes de varias iglesias. La ley de la iglesia no menciona al clero, que puede decidir por sí mismo si quiere quedarse o irse.

Hasta el momento, 2.469 congregaciones han superado los obstáculos necesarios en virtud del Párrafo 2553 para desafiliarse. Ello representa la partida de alrededor del 8% de las congregaciones de La IMU en los Estados Unidos desde que la ley de la iglesia entró en vigencia en 2019.

El Párrafo 2553 permite que las conferencias anuales agreguen requisitos para la desafiliación que no sean incompatibles con la disposición, y el Concilio Judicial ha confirmado anteriormente varias adiciones propuestas por las conferencias.

Sin embargo, el Concilio Judicial dijo que la Conferencia Anual de Wisconsin fue demasiado lejos cuando agregó como parte de la desafiliación que el/la pastor/a de una iglesia debe notificar al/la superintendente de distrito por escrito, sobre su intención de permanecer en La IMU, jubilarse o entregar sus credenciales para poder continuar y dirigir la iglesia local después de la desafiliación.

Los fallos abordan la resolución LGBTQ, sesión especial en el Congo

El Concilio Judicial emitió fallos el 25 de abril derivados de las conferencias jurisdiccionales del otoño pasado, incluido uno que trata sobre una resolución sobre la inclusión LGBTQ adoptada por las cinco jurisdicciones.

El tribunal superior de La Iglesia Metodista Unida (IMU) también emitió un memorando relacionado con una sesión especial celebrada por la Conferencia Central del Congo en 2018.

Las jurisdicciones en los Estados Unidos y las conferencias centrales en África, Europa y Filipinas son los cuerpos organizativos intermedios de la denominación que son responsables de elegir obispos/as y manejar otros asuntos en su región geográfica.

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“Una conferencia anual no puede condicionar la desafiliación de una iglesia local a ninguna declaración del clero, especialmente una que establece incorrectamente que el retiro o la entrega de la membresía de la conferencia es una entrega de credenciales” dijo el Concilio Judicial.

En el fondo, la Decisión 1482 se ocupa de la distinción entre la membresía de la conferencia de un clérigo y el título Rev. delante de su nombre. El clero metodista unido no es miembro de congregaciones sino de sus conferencias y el Párrafo 360 del Libro de Disciplina permite que los/as clérigos/as con buena reputación se retiren de la membresía de su conferencia y se transfieran a otra denominación.

Los/as miembros del clero generalmente pierden sus credenciales solo si se quejan de violar la ley de la iglesia o si son miembros provisionales del clero que se han retirado o han sido interrumpidos en el proceso de ordenación.

En una nota al pie, el tribunal de la iglesia señaló que los/as superintendentes de distrito tienen el deber de averiguar las preferencias de su clero durante la temporada de nombramientos. Sin embargo, la nota al pie agregó “esto está muy lejos” del requisito de la Conferencia Anual de Wisconsin.

En una opinión concurrente, Beth Capen, miembro del Concilio Judicial, enfatizó que incluso si el clero todavía tiene sus credenciales, no puede ser parte de dos denominaciones a la vez. Citó la Decisión 696 del Concilio Judicial de 1993, que dice que “una persona no puede pertenecer a otra denominación y seguir siendo miembro de La IMU”.

En otros fallos publicados el 25 de abril, el Concilio Judicial se ocupó de cuánto deben analizar las conferencias las razones de una iglesia para desafiliarse según el Párrafo 2553. La ley de la iglesia dice que las congregaciones en los Estados Unidos pueden desafiliarse y quedarse con sus propiedades por "razones de conciencia" relacionadas con la homosexualidad, si también cumplen con las demás estipulaciones de la disposición.

En la Decisión 1476 el tribunal de la iglesia explicó que las conferencias son libres de determinar si las iglesias que buscan la desafiliación deben o no demostrar sus razones de conciencia. El fallo confirmó las decisiones del Obispo David W. Graves de la Conferencia Anual de Alabama- Florida del Oeste y de la superintendente de distrito, Jean Tippit, con respecto a la desafiliación de la Primera IMU en Pace, Florida. La Conferencia Anual de Alabama- Florida del Oeste se encuentra entre las conferencias que no cuestionan las razones de conciencia de las iglesias para desafiliarse.

“Cuando una conferencia anual resuelva por política no indagar, escudriñar o exigir que se demuestren las razones de conciencia para la desafiliación, una iglesia local puede desafiliarse siempre que la conferencia de la iglesia y el proceso de votación se hayan realizado de manera abierta y justa, y que se hayan cumplido todos los requisitos de la conferencia anual y La Disciplina” dijo el tribunal de la iglesia.

El Concilio Judicial agregó que el propio tribunal de la iglesia “no cuestionará las razones de conciencia detrás de la decisión de una iglesia de desafiliarse y defenderá la decisión de la junta de fideicomisarios o de la conferencia anual de no cuestionar la decisión de una iglesia de desafiliarse”.

En la Decisión 1480 el Concilio Judicial trató una pregunta de una sesión especial de la Conferencia Anual de Carolina del Norte, que tiene la política de exigir a las iglesias que tomen nota de sus razones de conciencia.

El Concilio Judicial confirmó una decisión del Obispo Leonard E. Fairley, quien dijo que todas las iglesias antes de la sesión especial se desafiliarían “por las mismas razones” establecidas en el Párrafo 2553, pero que este Párrafo y otras disposiciones disciplinarias no especifican “qué información, si hay alguna, se debe proporcionar a una conferencia anual que considere la desafiliación de una iglesia local”. También estuvo de acuerdo con la decisión y estableció en la Decisión 1480 que “El Párrafo 2553.1 no requiere ni ordena que las razones de conciencia para la desafiliación de una iglesia local se declaren o se comuniquen a los/as delegados/as a la conferencia anual”.

El tribunal eclesiástico dijo que en el desempeño de sus funciones en virtud del Párrafo 2553, los/as obispos/as y otros/as líderes de la conferencia “deben lograr un cuidadoso equilibrio entre mantener la confidencialidad y la transparencia, protegiendo así los derechos de los/as miembros de la conferencia anual a estar informados/as y participar plenamente en todas las decisiones legislativas, incluyendo la ratificación de desafiliaciones de iglesias locales”.

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En el Memorando 1475 el Concilio Judicial dijo que no tenía jurisdicción para opinar después de que Graves descartara una pregunta sobre los motivos de las iglesias para la desafiliación: “Es la política de larga data del Concilio Judicial que carece de la autoridad para revisar y dictaminar sobre asuntos parlamentarios”, definiendo como asuntos parlamentarios los pertenecientes “al orden, la organización, la agenda y los procedimientos de toma de decisiones” de las reuniones de la iglesia.

En la Decisión 1473 el Concilio Judicial aceptó una apelación del Obispo Patrick Streiff relacionada con el voto de la Conferencia Anual Provisional de Bulgaria-Rumania para pasar inmediatamente de la Iglesia Metodista Unida a la Iglesia Metodista Global recién establecida.

Anteriormente, el tribunal de la iglesia había dicho en el Memorando 1448 que carecía de jurisdicción para pronunciarse sobre la decisión de ley de Streiff pero en concurrencia, los/as miembros del tribunal de la iglesia dijeron que en su papel como único obispo activo de la Conferencia Central de Europa Central y del Sur, Streiff tendría derecho a apelar las acciones de la conferencia provisional; y  establecieron en la Decisión 1473: “Los/as miembros de la Conferencia Anual Provisional de Bulgaria-Rumania actuaron sin autoridad cuando votaron para separarse unilateralmente de La IMU en 2022”.

Si bien reconoció que el fallo puede no alterar la realidad de la desafiliación, el tribunal de la iglesia dijo que “las conferencias anuales no tienen ‘derecho unilateral de desafiliarse sin, aparte o antes de la legislación aprobada por la Conferencia General’”. Por ahora, mientras que las iglesias en Bulgaria han dejado La IMU, miembros de la iglesia en Rumania continúan siendo parte de la denominación y siguen comprometidos/as a servir a los/as refugiados/as que escapan de la invasión de Ucrania.

 

* Hahn es asistente al editor de noticias para Noticias MU. La puede llamar al (615) 742-5470 o escribirle a newsdesk@umcom.org. Para leer más noticias metodistas unidas, ideas e inspiración para el ministerio suscríbase gratis al UMCOMtigo.

** Leonor Yanez es traductora independiente. Puede escribirle a IMU Hispana-Latina @umcom.org

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