Comisión sobre rol de la mujer en la iglesia espera garantizar manejo justo del caso de Carcaño

Claves:

  • La Comisión General sobre la Condición y el Papel de la Mujer dice que tiene un papel que desempeñar en el proceso de denuncia que involucra a la Obispa Minerva Carcaño.
  • La obispa ha sido suspendida de sus deberes episcopales hace más de un año, mientras recibe el pago completo y los beneficios.
  • Líderes de la Jurisdicción Occidental dicen que el proceso de denuncias está avanzando.
  • El objetivo de todos/as los/as involucrados/as es llegar a una resolución justa.

A medida que la suspensión de la Obispa Minerva Carcaño cruza la marca de un año, una agencia metodista unida está solicitando servir como monitora mientras se adjudica el caso de la obispa.

“Para que la obra de Dios de justicia, reconciliación y sanación sea realidad en el cuerpo de Cristo, se debe aplicar un proceso justo en la vida de la Iglesia a todas las partes involucradas por igual y de manera oportuna. La justicia retrasada es, de hecho, justicia denegada con el aumento del daño a medida que se prolonga el proceso” dice la declaración de la junta de la Comisión Metodista Unida sobre la Condición y el Papel de la Mujer (GCSRW por sus siglas en inglés).

Líderes de la Jurisdicción Occidental colocaron a Carcaño en licencia el 8 de marzo del año pasado mientras se revisaban dos denuncias bajo la ley de la iglesia contra la obispa. Nadie ha revelado públicamente la naturaleza de las denuncias. Desde entonces, Carcaño ha sido suspendida de sus deberes episcopales, recibiendo su salario completo y beneficios, mientras avanza el proceso judicial de la iglesia en la Jurisdicción Occidental donde ella es obispa.

Mientras tanto, la Obispa jubilada Sally Dyck se ha desempeñado como líder episcopal interina de la Conferencia Anual California-Nevada, el organismo regional donde Carcaño ha estado asignada desde 2016.

Pregunta ante el Concilio Judicial

Mientras avanza el proceso de denuncia judicial que involucra a la Obispa Minerva Carcaño, el Concilio Judicial enfrenta una pregunta del Concilio de Obispos/as que podría tener relación con cualquier denuncia presentada contra un/a obispo/a.

El Concilio de Obispos/as ha pedido al tribunal de la iglesia que se pronuncie sobre la constitucionalidad de partes del Párrafo 413 en el Libro de Disciplina de la denominación. Las medidas en cuestión brindan una forma para que el Concilio de Obispos/as en su conjunto aborde las denuncias bajo la ley de la iglesia contra otros/as obispos/as.

Los/as obispos/as solicitaron al tribunal de la iglesia que consideraran su pregunta con rapidez, y el Concilio Judicial ha agregado esa pregunta a su expediente actual y planea publicar una decisión tan pronto esté lista para su publicación.

La suspensión de una obispa metodista unida por una denuncia tiene precedentes, pero tal movimiento es extremadamente raro. Tanto la duración de la suspensión de Carcaño como la falta de detalles públicos sobre las denuncias han generado cierta confusión y preocupaciones sobre el compromiso de la denominación con un proceso justo.

Carcaño, la primera obispa latina de la denominación a quien la Jurisdicción Occidental eligió en 2004, se encuentra entre los/as líderes episcopales más conocidos/as de La Iglesia Metodista Unida (IMU), pues ha ganado reconocimiento nacional en los Estados Unidos y respeto en toda la denominación por su trabajo de defensa de los inmigrantes y la reforma migratoria estadounidense. Recientemente dirigió el Grupo de Trabajo sobre Inmigración de la denominación.

Su suspensión también ha recibido un rechazo muy público. Tanto MARCHA (Metodistas Representando la Causa de los Hispanos/Latino Americanos), el caucus hispano y latino de la denominación y los/as líderes étnicos/as en la Conferencia Anual California-Nevada han pedido la reincorporación inmediata de Carcaño.

El año pasado el Concilio Judicial,  tribunal superior de La IMU se negó a pronunciarse sobre una denuncia judicial contra la obispa mientras el proceso judicial de la iglesia está en curso. Sin embargo, cuatro de los/as nueve participantes en las deliberaciones del Concilio Judicial no estuvieron de acuerdo con la mayoría, diciendo que se había violado el proceso justo y que la obispa debería ser restituida a su cargo.

La política de confidencialidad de la denominación en torno a las alegaciones de denuncias y gran parte del proceso tiene como objetivo proteger a todas las partes involucradas, incluida la persona que enfrenta la denuncia, dijeron los/as líderes de la Jurisdicción Occidental a Noticias MU: “Es fundamental mantener la confidencialidad en caso de que se logre una resolución justa o se desestimen los cargos. Si es así, las acusaciones pueden volverse irrelevantes”, dijeron la Obispa Karen Oliveto y el Rev. Dan Hurlbert en un correo electrónico conjunto, y agregaron que una suspensión “no debe verse como una acción punitiva, sino para la protección del/la obispo/a y/u otras partes”.

Oliveto, quien dirige la Conferencia Anual Mountain Sky, es presidente del Colegio de Obispos/as de la Jurisdicción Occidental, y Hurlbert es el presidente del comité de episcopado de la jurisdicción. Cualquier denuncia contra un/a obispo/a debe presentarse primero ante el presidente del colegio de obispos de ese obispo. Para complicar las cosas, el Libro de Disciplina, que contiene las leyes de la denominación, tiene dos disposiciones diferentes que se ocupan de las suspensiones de los/as obispos/as.

Carcaño fue inicialmente suspendida bajo el Párrafo 413.3(a) de la Disciplina. Esa medida permite que el colegio de obispos de una jurisdicción, en consulta con el comité jurisdiccional sobre el episcopado, suspenda a un/a obispo/a “cuando se considere apropiado para proteger el bienestar del denunciante, la Iglesia y/o el/la obispo/a”. Sin embargo, esa disposición dice que la suspensión “no debe exceder los 60 días”. Pero si no se llega a una resolución en esa etapa, una denuncia bajo la ley de la iglesia puede pasar de una respuesta de supervisión a un proceso de denuncia judicial. En este punto, el caso de Carcaño se encuentra en esa etapa y ante la comisión de investigación de la Jurisdicción Occidental.

El Párrafo 2704.1c de la Disciplina dice que si al menos cinco miembros del comité de investigación lo recomiendan, el comité del episcopado de la jurisdicción puede suspender a la persona denunciada “en espera de la conclusión” del proceso judicial de la iglesia.

El comité de investigación detuvo su trabajo en el caso de Carcaño mientras ella apelaba al Concilio Judicial; pero una vez que el tribunal superior de la denominación emitió su memorando a fines de octubre negándose a tomar el caso, Oliveto y Hurlbert dijeron que el comité reanudó su trabajo, que a la fecha continúa.

No es una analogía exacta, pero un comité de investigación tiene un papel similar al de un gran jurado en el sistema judicial de los Estados Unidos. El papel del comité es investigar las alegaciones en una denuncia y determinar si existen motivos razonables para presentar cargos en un juicio en la iglesia. El comité se compone de siete miembros del clero y dos observadores/as laicos/as, así como seis suplentes, elegidos/as por su jurisdicción.

En última instancia, el comité tiene la responsabilidad de celebrar una audiencia antes de determinar si la evidencia respalda una declaración de cargos.

Una gran diferencia entre un comité de investigación y un gran jurado es que el comité no solo escucha al/la abogado/a de la iglesia y los/as testigos que presentan el caso de los cargos, sino también a la persona denunciada y a su abogado/a que presenta el caso.

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La Comisión sobre el Estatus y el Rol de la Mujer espera garantizar que todo lo que venga a continuación en el caso de Carcaño se maneje de manera justa, pues tiene la responsabilidad bajo la ley de la iglesia de abogar por la plena participación de las mujeres en la vida de la denominación. Como parte de esa responsabilidad, la comisión a menudo tiene representantes que supervisan los procedimientos de la iglesia para garantizar que las mujeres tengan voz, y también tiene una larga experiencia en guiar a los/as líderes de la iglesia a través de los procesos judiciales de la denominación y la mediación de conflictos.

En su declaración sobre el caso de Carcaño, la junta dijo que la agencia “solicita respetuosamente la inclusión para permitir el seguimiento del proceso y ofrecemos formalmente nuestros servicios para ayudar en la búsqueda de una resolución justa, incluida la provisión de recursos de mediación y curación”. Los/as dos miembros de la junta de la agencia de la Jurisdicción Occidental se recusaron de la declaración.

Dawn Wiggins Hare, máxima ejecutiva de la agencia, dijo a Noticias MU que la agencia espera ayudar a llegar a una resolución justa para todos/as los/as involucrados/as: "Permitir que un proceso sea monitoreado habla de la oportunidad de brindar transparencia mientras se respeta la confidencialidad de todas las partes involucradas".

En cualquier momento del proceso de denuncia, el Libro de Disciplina alienta a las personas involucradas a trabajar hacia “una resolución justa”, que define como “aquella que se enfoca en reparar cualquier daño a las personas y comunidades, logrando una responsabilidad real al hacer las cosas bien en la medida de lo posible y brindando sanación a todas las partes”.

Oliveto y Hurlbert le dijeron a Noticias MU que apreciaban la carta de la agencia y solicitaron una reunión para discutir la solicitud de monitoreo. Líderes de la jurisdicción occidental dijeron que también esperan incluir representantes de la Comisión Metodista Unida sobre Religión y Raza, que supervisa los asuntos de raza.

 

* Hahn es asistente al editor de noticias para Noticias MU. La puede llamar al (615) 742-5470 o escribirle a newsdesk@umcom.org. Para leer más noticias metodistas unidas, ideas e inspiración para el ministerio suscríbase gratis al UMCOMtigo

** Leonor Yanez es traductora independiente. Puede escribirle a IMU Hispana-Latina @umcom.org

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