La corte anula la regla de 2016 para los obispos fuera de los Estados Unidos

El tribunal superior de La Iglesia Metodista Unida ha declarado "nula y sin efecto" una acción legislativa de 2016 que cambió los requisitos de jubilación para los/as obispos/as de las conferencias centrales, que son miembros de iglesias fuera de los Estados Unidos y sus territorios. El Concilio Judicial dictaminó que la legislación adoptada por la Conferencia General de 2016 violó la política de la asamblea de legisladores principales porque el Comité de Asuntos Permanente de la Conferencia Central no revisó ni informó sobre la legislación.

El tribunal también emitió una sentencia referente a una decisión del 2018 sobre dos candidatos/as del clero en la conferencia de Baltimore-Washington, decisión que formó parte de una sesión especial del Concilio Judicial celebrada del 19 al 21 de febrero, cuando deliberó principalmente sobre temas presentados en la agenda de la reunión de octubre de 2018. Los miembros del Concilio permanecerán en San Luis durante la Conferencia General Especial de la denominación, del 23 al 26 de febrero.

La Conferencia General de 2016 adoptó el Punto del Agenda 218 que se enmendó y cambió la fecha de jubilación de un año a tres meses, para un obispo de una conferencia central "si el cumpleaños número 68 del obispo se celebra el día de apertura o antes de su conferencia programada a partir del 1 de enero de 2016".

El "papel y función" del Comité de Asuntos Permanente de la Conferencia Central, como lo señaló el Concilio Judicial en la Decisión 1370, "es revisar todas las peticiones legislativas y resoluciones relacionadas con las conferencias centrales y recomendarlas directamente a la Conferencia General para su promulgación". En este caso, tal revisión no se realizó por lo que la adopción de la legislación fue "nula y sin efecto". Una vez que se tomó esa decisión, el Concilio Judicial dijo que no era necesario considerar si el lenguaje disciplinario relacionado con la legislación era inconstitucional.

El Concilio Judicial confirmó una parte y revocó otra de una decisión legal de 2018 presentada por La Obispa LaTrelle Easterling de la Conferencia Anual Baltimore-Washington. Easterling había dictaminado que dos personas aprobadas por la Junta de Ministros Ordenados de la conferencia no eran elegibles para ser ordenados/as y enviados/as en comisión, y eliminó de la consideración de la sesión del clero a dos candidatos/as que compartieron por escrito que estaban casados/as con personas de su mismo sexo. El Concilio Judicial revirtió esa sentencia "ya que violó la separación de poderes al entrometerse en las responsabilidades y derechos de la sesión del clero", y explicó que un obispo no tiene la autoridad para “evitar que la sesión del clero cumpla con sus responsabilidades, o para excluir a individuos/as que se presenten como candidatos/as para la comisión o para la ordenación".

El Rev. Mark Gorman le hizo dos preguntas a Easterling durante la sesión de la conferencia anual, relacionadas con la política de la Junta de Ministros Ordenados de no considerar o evaluar la orientación sexual al entrevistar a los/as candidatos/as para la ordenación. Preguntó si la conferencia debe excluir el informe de la junta "referente a la elección de candidatos/as para membresía o membresía provisional" porque la política no cumple con la ley de la iglesia. Después de la conferencia, Easterling dictaminó que esa pregunta era discutible, una sentencia que el tribunal confirmó en la Decisión 1368.

En otros asuntos, el Concilio Judicial dijo que no podía actuar en la apelación presentada por un abogado de la conferencia del Oeste de Ohio, sobre el fallo de un tribunal jurisdiccional relacionado con los cargos presentados contra el Rev. David Meredith, pastor de Cincinnati que se casó en 2016 con su pareja, por casi 30 años, del mismo sexo. En el Memorándum 1374 el Concilio Judicial dijo que no tenía jurisdicción para emitir una sentencia porque el abogado de la iglesia no tenía autoridad "para continuar con esta apelación interlocutoria". Sin embargo, en una nota a pie de página sobre la desestimación de la apelación, el tribunal dijo que su acción no debe interpretarse como una aprobación de la orden de apelación del comité jurisdiccional para "poner en pausa" el proceso contra Meredith.

Cuando el Comité de Apelaciones Jurisdiccionales Norte-Central emitió una sentencia sobre los errores cometidos por el comité de investigación de la conferencia del Oeste de Ohio, que regresó el caso a la conferencia, el Comité de Apelaciones también solicitó a la conferencia que suspendiera cualquier otro procedimiento judicial hasta después de que la Conferencia General Especial 2019 culmine.

Dos de los fallos de febrero de la corte están relacionados con las decisiones legales del Obispo John Schol para la Conferencia Anual Ampliada de New Jersey; una sentencia se refirió a si el obispo y los comités o agencias de la conferencia tenían la autoridad para participar en una demanda en nombre de la conferencia anual que abordaba la segregación de estudiantes negros/as y latinos/as de escuelas públicas en Nueva Jersey. El consejo de administración de la conferencia y otras 11 agencias apoyaron "ser el demandante" cuando se presentó la demanda el 17 de mayo, y la conferencia anual votó para confirmar esa sentencia el 21 de mayo.

Cuando un/a miembro laico/a solicitó una sentencia de la ley sobre las líneas de autoridad en esa situación, Schol dictaminó que el consejo de administración tenía autoridad para tomar la acción inicial de unirse a la demanda y luego presentar la legislación para que la conferencia anual pudiera decidir si continuaría o no como demandante; pero en la Decisión 1371, el Concilio Judicial dictaminó que debido a que no se trataba de un asunto relacionado con la propiedad o los derechos de propiedad, el consejo de administración no tenía la autoridad para unirse a la demanda en nombre de la conferencia, independientemente de las preocupaciones sobre la segregación en el sistema educacional del estado. "Los intereses y compromisos por parte de la Conferencia Anual Ampliada de Nueva Jersey y el deseo de la conferencia anual de participar en la demanda no están en discusión", dijo el tribunal al revertir la sentencia del obispo.

En la Decisión 1372 relacionada con la segunda sentencia sobre el área ampliada de Nueva Jersey, el Concilio Judicial estuvo de acuerdo con el obispo de que la solicitud de una decisión legal sobre las conferencias de la iglesia local no se refería a asuntos de la conferencia anual, pero revocó la otra parte de la sentencia de Schol y dijo que no podía "contener una disposición alternativa basada en un escenario hipotético".

En otro asunto y respondiendo a una apelación administrativa presentada por el Rev. Eric Seise, el Concilio ordenó al Comité de Apelaciones Jurisdiccionales del sudeste de la denominación emitir un nuevo fallo. Seise fue puesto en licencia involuntaria de ausencia por la conferencia de Florida, que suspendió su membresía provisional.

El Comité de Apelaciones no tenía suficiente información en su "opinión sorprendentemente breve", dijo el Memorándum 1373. "Sin una opinión de apelación bien razonada que incluya los hechos, antecedentes procesales, autoridades legales y el análisis del caso, el apelante no puede entender el razonamiento del fallo y la preparación adecuada de su apelación, ni tampoco puede el Concilio Judicial revisar y resolver adecuadamente los méritos de su caso", dice el memorando.

En el Memorándum 1369, el Concilio Judicial dijo que carecía de jurisdicción para considerar una solicitud de la conferencia del Norte de Texas porque implicaba una sentencia parlamentaria del obispo Michael McKee, no una decisión legal.

* Bloom es asistente de noticias del editor para el Servicio Metodista Unido de Noticias y está radicado en Nueva York. Puede seguirla en https://twitter.com/umcscribe, llamarla al (615) 742-5470 o escribirle a newsdesk@umcom.org.

** Leonor Yanez es traductora independiente. Pude escribirle a IMU_Hispana-Latina @umcom.org

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