Concilio Judicial decide sobre desafiliaciones

The United Methodist Church’s top court released nine rulings March 1 related to a church law that governs how congregations can leave the denomination with property.

El tribunal superior de la Iglesia Metodista Unida emitió nueve decisiones el 1 de marzo relacionadas con una ley de la iglesia que rige cómo las congregaciones pueden desafiliarse de la denominación y quedarse con la propiedad. Las ocho decisiones y el memorando del Concilio Judicial Metodista Unido surgen de preguntas planteadas sobre el nuevo Párrafo 2553 del Libro de Disciplina, aprobado por la Conferencia General Especial de 2019 en San Luis.

La ley de la iglesia esencialmente ofrece una forma limitada para que las congregaciones se liberen de la cláusula de fideicomiso de siglos de antigüedad de La Iglesia Metodista Unida, que establece que la propiedad de la iglesia se mantiene en fideicomiso para el beneficio de toda la denominación.

Al defender la ley de la iglesia, el Concilio Judicial explicó que cualquier desafiliación debe incluir:

• Aprobación de desafiliación por al menos una mayoría de dos tercios de los/as miembros profesos/as de una iglesia, presentes en la votación.

• Establecimiento de términos y condiciones entre la iglesia local saliente y la junta directiva de su conferencia anual.

• Ratificación de la desafiliación de una iglesia por mayoría simple en una sesión de la conferencia anual.

El Párrafo 2553 también dice que las conferencias anuales, los organismos regionales de la denominación, “pueden desarrollar términos estándar adicionales que no sean incompatibles con la forma estándar de este párrafo”.

En estas nuevas decisiones, el tribunal de la iglesia aborda preguntas más detalladas sobre, entre otras cosas, la elegibilidad de algunas iglesias para usar la ley y el papel de los síndicos de la conferencia en el establecimiento de los términos para la desafiliación. Sin embargo, el tribunal de la iglesia ha aplazado la decisión sobre si se considera que el clero que se desafilió ha entregado sus credenciales y, en cambio, solicita informes sobre el tema. Los escritosdeben presentarse hasta el 31 de marzo y los escritos de respuesta el 10 de abril.

A la fecha, 2.036 congregaciones han utilizado el Párrafo 2553 para salir de la denominación, lo que representa menos del 7% de las congregaciones en los Estados Unidos que se retiraron desde que la medida entró en vigencia hace cuatro años. Sin embargo, las conferencias anuales esperan recibir más solicitudes de desafiliación antes de fin de año, cuando vence la disposición.

Más decisiones

El Concilio Judicial también emitió otras tres decisiones el 1 de marzo que no están relacionadas con desafiliación de iglesias, en las cuales confirmó las decisiones de ley del Obispo John R. Schol, quien dirige las conferencias anuales Ampliada de Nueva Jersey y el Este de Pensilvania.

La Decisión 1461 trata sobre el uso de fondos de la venta de iglesias cerradas y otras propiedades de iglesias en la Conferencia Anual Ampliada de Nueva Jersey. Beth Capen, miembro del Concilio Judicial, agregó una opinión separada que enfatiza que una conferencia anual “no puede reasignar fondos de la venta de propiedad de la iglesia, excepto para los propósitos y bajo las condiciones” establecidas en el Libro de Disciplina de la denominación y en cumplimiento con las leyes locales, estatales y federales.

La Decisión 1462 afirma la decisión de Schol de que no tiene la autoridad para pronunciarse sobre el código fiscal de los Estados Unidos.

La Decisión 1463 está de acuerdo con la determinación de Schol de que una solicitud que recibió de la Conferencia Anual del Este de Pensilvania no era una cuestión de derecho.

El Rev. Dennis Blackwell, miembro del Concilio Judicial y pastor de la Conferencia Anual Ampliada de Nueva Jersey, se abstuvo de deliberar en las decisiones que involucran a Schol.

El Concilio Judicial ha emitido múltiples decisiones con respecto al Párrafo 2553 desde su aprobación, y todavía la disposición continúa suscitando preguntas sobre su aplicación durante las sesiones de la conferencia anual.

El Libro de Disciplina que contiene las normas de La Iglesia Metodista Unida (IMU), ordena que los/as obispos/as respondan a cualquier pregunta de derecho planteada correctamente durante las sesiones de la conferencia que presiden y que esas decisiones de derecho, a su vez, se presenten ante el Concilio Judicial para su revisión.

Las nueve decisiones del Concilio Judicial revisan las decisiones de ley de los/as obispos/as durante la temporada de conferencias anuales de 2022 en los Estados Unidos. Una pregunta repetida ante los/as obispos/as, y por lo tanto ante el tribunal de la iglesia, ha sido sobre cómo las conferencias determinan la elegibilidad de las iglesias para desafiliarse.

El Párrafo 2553 permite que las congregaciones estadounidenses salgan con bienes por “razones de conciencia” relacionadas con la homosexualidad si también cumplen con los demás requisitos financieros y procesales de la disposición.

Debido a que la ley de la iglesia fue aprobada en la misma Conferencia General que reforzó las prohibiciones de la iglesia contra los matrimonios igualitarios y el clero homosexual "autodeclarado practicante", ha quedado la pregunta de si una congregación que apoya esas restricciones y la aplicación de las mismas por parte de su conferencia puede aprovechar la disposición. En sus decisiones publicadas el 1 de marzo, el tribunal de la iglesia indicó que dejaba ese tema en gran medida en manos de las conferencias individuales.

En la Decisión 1453, el tribunal eclesiástico afirmó la decisión de ley del Obispo David Graves que respalda el proceso de desafiliación de la Conferencia Anual Alabama-Florida del Oeste.

Graves dijo que la política de la conferencia es “no explorar el razonamiento de una iglesia local al decidir desafiliarse por razones de conciencia” y citó una decisión anterior del Concilio Judicial que permitió que otra conferencia usara una política similar. Al afirmar la decisión legal de Graves, el tribunal eclesiástico también afirmó su razonamiento.

En la Decisión 1459, el tribunal eclesiástico también afirmó la parte de la decisión legal del Obispo Hee-Soo Jung que apoyó el proceso de desafiliación de la iglesia de la Conferencia Anual de Wisconsin.

A diferencia de la Conferencia Anual de Alabama-Florida del Oeste, la Conferencia Anual de Wisconsin requiere que una iglesia desafiliándose “explique cómo la Disciplina actual o las acciones o inacciones de la conferencia anual han afectado la misión y la unidad de la congregación”.

Jung dijo que el requisito “brinda un marco consistente con el Párrafo 2553 para explorar la relación de la congregación con La IMU y si esa relación da lugar a una aplicación del Párrafo 2553”. El Concilio Judicial también estuvo de acuerdo con las razones de Jung. Sin embargo, el tribunal de la iglesia aplazó su fallo sobre otra parte de la decisión de Jung que trata sobre la desafiliación de las credenciales del clero hasta que se puedan presentar los informes.

En la Decisión 1457 y la Decisión 1458, el Concilio Judicial afirmó las decisiones de dos obispos que confirmaron el papel de la junta de fideicomisarios de la conferencia en el establecimiento de los términos y condiciones para la desafiliación.

El Obispo Gregory V. Palmer de la Conferencia Anual Oeste de Ohio, y la Obispa Sandra Steiner Ball de la Conferencia Anual de Susquehanna, presentaron preguntas sobre si el papel de los/as fideicomisarios/as en el Párrafo 2553 está en conflicto con otra parte de la Disciplina, el Párrafo 2512.2 que dice que "los/as fideicomisarios/as están sujetos/as a la conferencia anual". Ambos obispos afirmaron que no existe tal conflicto.

Steiner Ball explicó que una vez que la junta directiva llega a un acuerdo con una congregación que sale, la junta debe llevar esa solicitud de desafiliación a la sesión de la conferencia anual para una votación a favor o en contra. “De esta manera, la Junta de Fideicomisarios cumple con su responsabilidad de ser receptiva a la conferencia anual” escribió.

La Revda. J. Kabamba Kiboko, secretaria del Concilio Judicial y pastora de la Conferencia Anual del Oeste de Ohio, se abstuvo de deliberar sobre cualquier decisión que involucre a Palmer.

En la Decisión 1455 y la Decisión 1456, el Concilio Judicial afirmó que tanto Palmer como el Obispo Julius C. Trimble de la Conferencia Anual de Indiana estaban en lo correcto al descartar un intento de usar otra parte de la Disciplina, el Párrafo 2548.2 para la desafiliación.

El tribunal de la iglesia dijo que las acciones de ambos obispos eran consistentes con la Decisión 1449 del Concilio Judicial, publicada después de las decisiones de los/as obispos/as, en la que aclaró que el proceso de transferencia de propiedad en el Párrafo 2548.2 “no puede usarse como una vía para que las iglesias locales se desafilien de La IMU”.

En la Decisión 1460, el Concilio Judicial afirmó dos decisiones de ley del Obispo John R. Schol que respaldan la legalidad de “Un llamado al discernimiento y la renovación”, el proceso de desafiliación adoptado por la Conferencia Anual Ampliada de Nueva Jersey. Los términos y condiciones de la conferencia incluyen 17 elementos de diligencia debida, 13 pagos requeridos y otras 7 acciones que una congregación desafiliada debe cumplir antes de la fecha de desafiliación.

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El Rev. Dennis Blackwell, miembro del Concilio Judicial y pastor de la Conferencia Anual Ampliada de Nueva Jersey se abstuvo de deliberar sobre las decisiones de Schol.

En una opinión separada incluida en múltiples decisiones, los/as miembros del Concilio Judicial Beth Capen y Kiboko instaron a sus compañeros/as miembros del tribunal a incluir más información por adelantado al afirmar la decisión de ley de un/a obispo/a: “Los temas específicos que el Concilio Judicial está afirmando en su revisión de la decisión de un/a obispo/a sobre un tema de derecho deben establecerse en el Compendio”, escribieron ambos.

Capen también escribió por separado que una preocupación adicional es que "las decisiones episcopales contienen muchas declaraciones matizadas que pueden interpretarse de varias maneras" y, por lo tanto, corren el riesgo de resultar en una aplicación incorrecta sin una decisión del Concilio Judicial que identifique los puntos clave.

En la Decisión 1454, el Concilio Judicial dictaminó que Scott Jones, ex obispo de la Conferencia Anual de Tejas, se equivocó al tomar una decisión sustantiva sobre una cuestión de derecho presentada indebidamente. De acuerdo con la decisión, la razón por la cual la pregunta fue impropia fue porque se trataba de cuestiones de constitucionalidad y aplicación del Párrafo 2553 que estaban más allá del alcance de lo que un obispo debería responder.

En una opinión disidente, Capen dijo que el tribunal de la iglesia debería haber confirmado la decisión del obispo, y escribió: “Solo las preguntas que son asuntos de procedimiento o sustantivos relacionados únicamente con acciones en un proceso judicial o administrativo no son preguntas adecuadas para ser abordadas en una decisión sustantiva de un obispo”. La miembro del Concilio Judicial Deanell Reece Tacha se recusó del caso porque es cuñada de Jones.

En el Memorando 1452, el Concilio Judicial dijo que carecía de jurisdicción para revisar la decisión de la Obispa Cynthia Moore-Koikoi de anular una petición de la Conferencia Anual del Oeste de Pensilvania que, según ella, negaba la autoridad de los/as fideicomisarios/as según el Párrafo 2553.

En el memorando, el Concilio Judicial dijo que la obispa no recibió un tema de derecho debidamente documentada y, por lo tanto, no fue debidamente presentada ante el tribunal de la iglesia.

El Concilio Judicial ahora ha publicado decisiones sobre 16 artículos de su expediente de 26 artículos. Debido a la pandemia del COVID-19, el tribunal de la iglesia se ha estado reuniendo en línea y publicando las decisiones a medida que están listas. El Concilio Judicial planea reanudar la celebración de reuniones en persona esta primavera.

 

* Hahn es asistente al editor de noticias para Noticias MU. La puede llamar al (615) 742-5470 o escribirle a newsdesk@umcom.org. Para leer más noticias metodistas unidas, ideas e inspiración para el ministerio suscríbase gratis al UMCOMtigo

** Leonor Yanez es traductora independiente. Puede escribirle a IMU Hispana-Latina @umcom.org

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